

Descripción de registro de asociaciones
Requisitos
- Nombre, dirección y tipo de asociación que se quiere registrar.
- Acta constitutiva de la asociación.
- Ramas de la industria en donde tienen actividades sus asociados.
- Estatutos de la asociación.
- Nombre y domicilio del patrón, empresa o establecimiento donde trabajan sus asociados.
- Padrón de asociados con CURP, nombre, apellidos, dirección y centro de trabajo.
- Nombre y cargo de los integrantes de la directiva y su acta de aprobación.
- Datos de afiliación a federaciones o confederaciones si fuera el caso.
- Los sindicatos de trabajadores deben exhibir documentos que acrediten la calidad de trabajador de sus miembros tales como credencial del trabajo, recibos de nómina o documentos expedidos en su favor por el patrón, los documentos deben tener una vigencia no mayor a 60 días naturales previos a la constitución del sindicato.
- Documentos adicionales que se consideren de interés para la dictaminación.
Notas

- Esta opción es para registrar sindicatos de nueva creación NO procede si tu sindicato ya está registrado ante otra autoridad laboral.
- La documentación debe ser ingresada por el Secretario General u homólogo, o bien, por apoderado legal.
- Si eres apoderado legal, adjunta poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos dirigida al CFCRL (agregando identificaciones oficiales de las partes).
- En caso de que seas apoderado legal, debes tener en cuenta: A. Que los estatutos sindicales deben contemplar la facultad de que el Secretario General u homólogo otorguen facultades a un apoderado para realizar el trámite. B. Los documentos (actas) que ingreses deben estar autorizados con la firma del Secretario General u homólogo conforme al artículo 376 de la LFT. C. Debes adjuntar identificación oficial (INE, pasaporte o cédula profesional) del Secretario General u homólogo y la tuya.
Multimedia
Imagen
